Renegociación de contratos de arrendamiento
Como consecuencia de la crisis sanitaria, muchos establecimientos se han visto obligados a cerrar o sufren fuertes restricciones de horario y/o de aforos.
La importante caída de los ingresos, por su profundidad y extensión temporal, ha derivado en una situación insostenible para muchos negocios, que se ven incapaces de afrontar los costes.
En este contexto, el carácter extraordinario y sobrevenido de la pandemia y su extensión al ámbito económico permite la renegociación de los contratos de arrendamiento de los locales, mediante la aplicación de la clausula ‘rebus sic stantibus’.
La clausula ‘rebus sic stantibus’ (estando así las cosas) corrige otro principio histórico del derecho en Europa, el de ‘pacta sunt servanda’ (los pactos deben cumplirse).
De este modo, cuando, de manera sobrevenida, por fuerza mayor, cambian las circunstancias en las que se firmó el contrato, las partes pueden desistir de su cumplimiento o renegociarlo.
Podemos ayudarle en el proceso de renegociación de la renta
Nuestra metodología
Evaluando si existe: (i) un cambio relevante en las circunstancias; y (ii) de un impacto económico sustancial en el negocio.
Asistencia en el proceso de renegociación con el arrendatario
Determinando cuál es el mecanismo adecuado para reestablecer el equilibrio económico entre las partes.
Ratificando nuestro Informe en sede
judicial.
… reduciendo el importe de los pagos y preservando la liquidez